Si usted es PROPIETARIO y se encuentras en el dilema entre alquilar o vender su vivienda, esta sera un decisión que dependerá de la particularidad de cada caso.
Si decide alquilar, podrá hacerlo temporalmente, o de forma definitiva para así asegurarse unas rentas mensuales que le ayuden a sufragar gastos, o bien al pago de su hipoteca.
Si por el contrario decide vender, para reinvertir en otra vivienda; o bien por necesidad económica….debe ponerse siempre en manos de profesionales que le asesoren de aquellas ventajas, e inconvenientes que pueden plantearse en ambos casos, para tomar la decisión más acertada.
Si finalmente decide alquilar, Alquilalmeria.es, le gestiona todo el papeleo, ofreciéndole todas las ventajas y posibilidades para que usted no tenga que preocuparse de nada, garantizándole el alquiler de su vivienda de forma rápida. Garantía de renta mensual, gestión integral de posibles conflictos y la garantía de recibir su vivienda en las mismas condiciones en la que usted la entrego.
Algunas ventajas que usted tendrá al alquilar su vivienda:
- Siempre estará a tiempo de venderla, si así le fueses necesario.
- Siempre le puede servir de aval, en el caso de que usted tuviese que solicitar un préstamo bancario.
- La renta de su alquiler, pude permitirle pagar total o parcialmente su hipoteca, o bien ayudar a sufragar otros gastos.
- Al mantener su vivienda habitada, su deterioro es mínimo, a la vez que se evita que pueda ser ocupada por inquilinos no deseados.
- La vivienda es un bien que en épocas de bonanza siempre gana valor.
Algunos inconvenientes que usted tendrá al alquilar su vivienda:
- Los contratos de alquiler tienen una duración mínima de 5 años, una vez firmado es complicado echar a los inquilinos antes de su vencimiento.
- Durante la vigencia del contrato no se puede subir la mensualidad por encima del IPC.
- Para arrendar la casa quizás necesite llevar a cabo alguna reforma o acondicionamiento.
- La renta de alquiler está sujeta a una reducción fiscal de un 60% desde el 1 de enero de 2011. No obstante, la reducción será del 100% cuando el inquilino tenga una edad comprendida entre 18 y 30 años y unos rendimientos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores al IPREM (Indicador público de renta de efectos múltiples), que para 2011 se fijó en 6.390’13 euros. La edad del arrendatario se amplía hasta los 35 años si el contrato de arrendamiento se hubiera celebrado con anterioridad al 1 de enero de 2011.
Algunas ventajas de vender su vivienda:
- En caso de que su vivienda fuera la habitual, podría aplicarse, si se dan todos los requisitos, la exención de la tributación de la ganancia patrimonial por reinversión en otra vivienda habitual.
- Depende de lo que usted haya pagado por el inmueble, puede generarle un beneficio económico, aunque tras la caída de los precios de la vivienda registradas en los últimos meses, situá un descenso del precio de la vivienda en la costa mediterránea que alcanza ya un 31,5% y un 26,4% en las capitales y grandes ciudades.
- Una vez hecha la venta, ya no hay responsabilidad sobre la vivienda.
Algunos inconvenientes de vender su vivienda:
- El dinero obtenido con la venta de su vivienda habitual está considerado como incremento del patrimonio con lo cual, si no se reinvierte en otra vivienda, está sujeto a la tributación de la ganancia patrimonial que, como norma general, resulta de la diferencia entre los valores de enajenación o transmisión y de adquisición de la vivienda. El porcentaje de tributación es del 19% hasta 6.000 euros y del 21% desde 6.000,01 en adelante.
- Si el inmueble enajenado NO se trata de su vivienda habitual, aunque el importe obtenido de la venta se reinvierta en otra vivienda, estará sometido a la tributación de la ganancia patrimonial.
- La plusvalía -impuesto municipal que grava el incremento del valor catastral del terreno desde su compra y hasta el momento de la venta- va a cargo del vendedor.
- Si su inmueble tiene hipoteca y el nuevo propietario no la subroga, deberá pagar los gastos de su cancelación.
Agencia Fomento del Alquiler
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Algunas ventajas de alquilar con nosotros:
- Viviendas en perfectas condiciones de habitabilidad.
- Intermediación para cualquier reclamación.
- Contratos de un año con opción a cinco con el solo incremento del IPC.
- Agencia AFA, con nº de registro 08 /00306.
- Total mediación y asesoramiento profesional, orientación sobre las ayudas públicas disponibles y su tramitación.
- Representación a inquilinos solicitantes de la subvención, así como inquilinos de viviendas libres de la Junta de Andalucía, ante la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en toda la gestión del papeleo, solicitudes resultantes de dichas ayudas y aportación de documentos que resulten necesarios para el seguimiento de las mismas, reguladas en el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 y orden del 26 de enero de 2010.
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